Derecho mercantil en Panamá
Panamá es uno de los destinos preferidos por empresarios e inversores extranjeros para establecer una sociedad. Tiene una economía dolarizada, un sistema fiscal territorial y una posición logística clave para operar en toda la región.
En Díaz & Asociados te ayudamos a crear tu empresa en Panamá desde nuestra oficina en Ciudad de Panamá. Elegimos contigo la figura adecuada, constituimos la sociedad, la inscribimos en el Registro Público y te acompañamos en la apertura de la cuenta corporativa. Como somos abogados en Panamá con equipo jurídico en España, también revisamos cómo encaja la nueva sociedad con tu situación en España o en tu país.
Para extranjeros
La ley panameña no exige ser residente ni nacional para constituir una sociedad. Los socios y los directores pueden ser de cualquier nacionalidad y vivir fuera de Panamá. Lo que sí exige es un agente residente: un abogado o una firma de abogados en Panamá que figura en el pacto social y que debe conocer a sus clientes, como obliga la normativa de prevención del blanqueo de capitales.
Tipos de sociedades
Para la mayoría de proyectos la elección está entre dos sociedades mercantiles: la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada. Si el objetivo es proteger un patrimonio y no desarrollar un negocio, la figura habitual es la fundación de interés privado.
Ley 32 de 1927. Para actividad empresarial e inversión; es la más habitual. Mínimo: 2 suscriptores y 3 directores.
Ley 4 de 2009. Para negocios con pocos socios que quieren un control cercano. Mínimo: 2 socios.
Ley 25 de 1995. Para proteger y ordenar un patrimonio familiar; no está pensada para una actividad comercial habitual. Fundador y consejo fundacional.
Te ayudamos a elegir la figura en la primera consulta. Si te encaja mejor una fundación de interés privado en Panamá, te explicamos en detalle cómo funciona.
Sociedad anónima
La sociedad anónima se regula por la Ley 32 de 1927 y es el vehículo más usado por extranjeros. Su pacto social se otorga en escritura pública e incluye el nombre (terminado en S.A., Corp. o Inc.), el objeto, el capital y las acciones, el domicilio, el agente residente y la duración.
Paso a paso
El proceso tiene seis pasos, que coordinamos de principio a fin.
01
Definimos la figura, los socios, los directores y el objeto de la sociedad, y si va a operar en Panamá o desde Panamá.
02
Preparamos el pacto social y se otorga la escritura pública ante notario.
03
Con la inscripción, la sociedad adquiere personalidad jurídica.
04
La sociedad se inscribe en el RUC para gestionar sus obligaciones fiscales.
05
Solo si la sociedad va a desarrollar una actividad comercial o industrial en Panamá (Ley 5 de 2007).
06
La sociedad debe identificar a sus beneficiarios finales en el registro creado por la Ley 129 de 2020.
Banca y debida diligencia
Los bancos panameños aplican una debida diligencia estricta antes de abrir una cuenta: identifican a socios, directores y beneficiarios finales, y piden justificar el origen de los fondos y la actividad prevista. Preparamos ese expediente contigo para que la solicitud llegue completa.
Si vas a comprar una empresa o un activo en Panamá, revisamos antes la estructura societaria, los contratos, las cargas de los inmuebles, la situación laboral y las obligaciones fiscales pendientes.
Fiscalidad
Panamá aplica un sistema territorial: en general, solo grava las rentas de fuente panameña. Por eso no tributa igual una sociedad que vende en Panamá que otra que opera desde Panamá con clientes y actividad fuera del país. Te asesoramos sobre cuál es tu caso.
Si los socios viven en España, hay que revisar también el lado español: una sociedad que se dirige de hecho desde España puede considerarse residente fiscal en España. Lo analizamos con nuestro equipo en España antes de constituir. Más detalle en residencia fiscal en Panamá.
Las ventajas fiscales dependen de cada caso: constituir una sociedad no determina por sí solo tu situación fiscal.
En general, Panamá solo grava las rentas de fuente panameña.
Si se gestiona de hecho desde España, puede tributar allí como residente.
Después de constituir
Una sociedad panameña tiene obligaciones anuales aunque no tenga actividad en Panamá.
300 USD al año en la sociedad anónima.
Llevarlos y entregar cada año una copia al agente residente (Ley 52 de 2016, reformada por la Ley 254 de 2021).
Mantener actualizado su registro (Ley 129 de 2020).
Si la sociedad obtiene rentas de fuente panameña.
Incumplirlas puede acarrear multas y la suspensión de los derechos corporativos de la sociedad.
Residencia
Constituir una sociedad no da por sí solo derecho a vivir en Panamá. Si quieres instalarte en el país como socio o inversor, estudiamos contigo las vías migratorias: nómada digital, pensionado, residencia por inversión o Países Amigos. Las comparamos en nuestra página de residencia en Panamá.
Por qué con nosotros
Te atendemos en persona en el P.H. BICSA Financial Center.
Revisamos el encaje mercantil y fiscal de la sociedad con España y Europa.
Sociedad, cuenta, residencia y fiscalidad, coordinadas en un mismo equipo.
Constituimos tu sociedad en España desde Panamá y gestionamos poderes, apostillas y legalizaciones entre los dos países.
Preguntas frecuentes
Sí. La ley no exige ser nacional ni residente. Los socios y directores pueden ser de cualquier nacionalidad y vivir fuera de Panamá.
Al menos dos suscriptores para firmar el pacto social y una junta directiva de tres directores, que no necesitan ser accionistas.
Es el abogado o la firma de abogados en Panamá que figura en el pacto social. Toda sociedad panameña debe tenerlo, y es quien custodia la información de sus clientes ante las autoridades.
En general, solo tributa por las rentas de fuente panameña. Además, la sociedad anónima paga una tasa única anual de 300 USD.
Sí. Constituimos sociedades en España para clientes que viven en Panamá, con poder notarial si no pueden desplazarse. Si además quieres trasladarte, mira las opciones para emigrar a España desde Panamá.
Primer paso
Cuéntanos qué negocio quieres montar y desde dónde. Estudiamos tu caso y te proponemos la estructura, los pasos y los plazos.
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